*Ministros consideran que no hay méritos suficientes para intervenir en los juicios ligados al presunto fraude y extorsión.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió no ejercer su facultad de atracción en los procesos judiciales relacionados con el abogado Juan Collado Mocelo.
La Fiscalía General de la República (FGR) había solicitado que el máximo tribunal analizara un amparo presentado por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), el cual buscaba revertir la resolución judicial que impidió vincular a proceso a Collado por su supuesta participación en un fraude vinculado con la liberación de 76.5 millones de euros desde Andorra.
Además, la FGR pidió a la Corte que atrajera otros amparos presentados por tres abogados y un asesor financiero, señalados por su presunta participación como intermediarios de Julio Scherer Ibarra, exconsejero Jurídico de la Presidencia, en un intento de extorsionar a Collado a cambio de otorgarle su libertad.
Sin embargo, la Primera Sala de la SCJN concluyó que estos asuntos “carecen de los méritos necesarios” para ser revisados por el alto tribunal, por lo que las resoluciones deberán seguir su curso en los tribunales ordinarios: específicamente, en el Primer y Séptimo Tribunal Colegiado en materia Penal.